IU-EQUO pide al Ayuntamiento que preste la ayuda necesaria a las familias motrileñas para la solicitud del Ingreso Mínimo Vital

Son cerca de siete mil las familias de Motril que podrían solicitar el Ingreso Mínimo Vital, según los datos disponibles sobre los ingresos de las familias que ofrece el INE: el 13,7% de la población en Motril tiene ingresos inferiores a 5 mil euros al año o a 416 euros al mes.
Hemos reclamado  la máxima implicación por parte del Ayuntamiento de Motril para cooperar en el procedimiento administrativo y asegurar que su implantación sea rápida y ágil y que la ayuda llegue a la mayor brevedad posible a todas las personas que lo necesiten. 
Facilitamos en esta página toda la información sobre el Ingreso Mínimo Vital y  todos los recursos necesarios para solicitarlo y tramitarlo.

Este lunes 15 de junio se ha iniciado el plazo para solicitar el Ingreso Mínimo Vital, la nueva prestación aprobada por el Gobierno para reducir el nivel de pobreza y exclusión. Entre el 15 de junio y el 15 de septiembre podrán presentarse las solicitudes para que tenga carácter retroactivo, de modo que con independencia de su fecha de resolución, la prestación se hará efectiva desde el mes de junio.

La importancia de esta medida desde un punto de vista social y la trascendencia para miles de personas en nuestra ciudad, hace necesaria la mayor implicación del Ayuntamiento de Motril en la implantación del Ingreso Mínimo Vital. Así se está haciendo ya en muchos municipios andaluces, y en ciudades de toda España.

Se trata de que a todas las personas que cumplan con los requisitos establecidos se les facilite la información necesaria, los formularios para solicitar la ayuda, que ésta se tramite de forma rápida y que, en el menor breve plazo de tiempo posible, se comience a recibir la ayuda.

 
RD Ley 20/2020 por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital. BOE 1 de junio 2020

 

 
Guía de facilitación Ingreso Mínimo Vital. Ministerio de Asuntos Sociales y Agenda 2030
 
 
Ingreso Mínimo Vital. Canales de solicitud 
 
 
Simulador Ingreso Mínimo Vital. Sede electrónica Seguridad Social
 
 
Ingreso Mínimo Vital. Formularios de solicitud
 
Ingreso Mínimo Vital. Beneficiarios. Requisitos. Cuantías. Acreditación de los requisitos. Pago. Obligaciones de las personas beneficiarias. Reintegro de prestaciones indebidamente percibidas. Duración. Simulador. Preguntas Frecuentes
 
 
Las claves del Ingreso Mínimo Vital. Quién puede pedirlo, cómo se calculan los ingresos, qué son las unidades de convivencia. Cómo se solicita
 
Ingreso Mínimo Vital. Extracto RDL 20/2020. Acceso, cuantía de la prestación, incompatibilidades
 
MOTRIL. Centro Municipal de Servicios Sociales. Información y atención a personas y familias

La solicitud debe realizarse a través de la sede electrónica de la Seguridad Social y, cuando la situación sanitaria lo permita, también se podrá efectuar en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

Se puede comprobar si se cumplen los requisitos para acceder a esta prestación a través de una herramienta de simulación que ha desarrollado la Seguridad Social. Que también ha habilitado teléfono gratuito para realizar consultas concretas (900 20 22 22), en horario de mañana y de tarde.

Principales requisitos

El primer requisito para acceder a la nueva renta será el de la vulnerabilidad económica. También habrá que haber solicitado las prestaciones y pensiones a las que pudiera tener derecho.

Habrá un titular por unidad de convivencia, que deberá tener entre 23 y 65 años, salvo en los casos en que se cuente con menores a cargo, en los que no habrá requisito de edad. 

Si el solicitante vive solo, tendrá que acreditar que lleva tres años viviendo de manera independiente de sus progenitores y tendrá que haber estado de alta en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social durante al menos doce meses.

Para todos los solicitantes se requerirá al menos un año ininterrumpido de residencia legal y efectiva en España, excepto en las situaciones de violencia de género, trata y explotación sexual.

Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia de Covid-19, también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año. 

En el caso de que el titular no esté ocupado, se exigirá la inscripción como demandante de empleo para el acceso a la prestación.

Documentación que es necesario aportar

Para solicitar el Ingreso Mínimo Vital será necesario el DNI o NIE; la inscripción en el registro central de extranjeros, tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE o tarjeta de identidad de extranjeros; certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio y la fecha de antigüedad; y el libro de familia, certificado de nacimiento del registro civil de los hijos, o inscripción en el registro de parejas de hecho.

El INSS reconocerá de oficio la prestación a casi 75.000 familias que ya reciben la asignación de menor a cargo y que cumplen con los requisitos establecidos en la Ley.  Estos beneficiarios recibirán un SMS y una resolución donde se explica su concesión. Además, percibirán el primer pago del Ingreso Mínimo Vital el próximo 26 de junio.

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